MI PERITOpsicólogo forense

PSICOLOGÍA FORENSE · MADRID Y TODA ESPAÑA

Secuelas psíquicas.
Valoración del perjuicio.

Valoración y cuantificación razonada de secuelas psíquicas y psicológicas para reclamaciones e indemnizaciones.

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Del daño inicial a las secuelas

La valoración estudia la entidad de la afectación, su evolución, los tratamientos y el funcionamiento. Debe distinguir el daño temporal de las secuelas cuando esa distinción sea aplicable. Un diagnóstico aislado no describe por completo el perjuicio ni determina automáticamente una indemnización.

Repercusión personal, familiar y laboral

Se examinan limitaciones, cambios de actividad y necesidades relacionadas con los hallazgos. El razonamiento debe explicar la relación con los hechos estudiados y valorar los antecedentes y otros factores relevantes. Los términos «psíquico» y «psicológico» no deben utilizarse para contabilizar dos veces una misma secuela.

Qué significa cuantificar

La cuantificación exige identificar el marco aplicable, sus criterios y la información que permite utilizarlos. El sistema de valoración de accidentes de circulación tiene un ámbito propio; no es obligatorio en cualquier litigio. Dentro de ese sistema, la normativa contempla un informe médico para determinar y medir lesiones y secuelas. Se concreta la intervención médica necesaria según el caso.

Informe y reclamación

El dictamen aporta bases técnicas para que puedan valorarse los perjuicios. La reclamación y la decisión sobre las cantidades tienen su propio encuadre jurídico. Antes de comenzar se define si el encargo abarca evaluación psicológica, valoración de secuelas, revisión de un informe previo y eventual ratificación.

Cuantificación de secuelas psíquicas: atención en Madrid y toda España

Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos y Polina Poloziuk atienden consultas de particulares y abogados. La atención presencial de referencia se realiza con cita previa en Calle Ferraz, 29, Madrid. Para otras provincias se organizan la evaluación y la eventual comparecencia según las necesidades del caso.

Antes de empezar se concretan el objeto, los profesionales intervinientes, las actuaciones y el presupuesto. Los honorarios, impuestos y condiciones de ratificación se detallan para cada encargo.

Referencias: RDL 8/2004, arts. 32, 37 y sistema de valoración de daños personales.

SOBRE ESTE INFORME

Preguntas
frecuentes.

¿Podéis prometer una cantidad de indemnización?

No. La pericial fundamenta la valoración que le corresponde; la cantidad depende del marco aplicable, de la prueba y de la decisión o acuerdo que se alcance.

¿Se aplica siempre el baremo de tráfico?

No. Debe explicarse qué sistema corresponde al caso y por qué. No se anuncia una aplicación automática a todos los procedimientos.

¿Quién realiza y firma el informe?

El servicio lo ofrecen Carlos Cuadrado Gómez-Serranillos y Polina Poloziuk. La participación de cada profesional, la firma y la eventual ratificación se identifican en el encargo, según su objeto.

¿Cuánto cuesta un informe pericial psicológico?

Se facilita un presupuesto específico tras conocer el objeto del informe, las personas que deben evaluarse y las actuaciones necesarias. El presupuesto detalla los honorarios, los impuestos y las condiciones de ratificación o desplazamiento que correspondan.

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